DOF oficializa el derecho a la vivienda adecuada

Redacción

La reforma a la Ley de Vivienda garantiza este derecho y fortalece la capacidad de los organismos que financian vivienda para personas trabajadoras

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este 29 de abril el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, con lo que se formaliza en la legislación mexicana el concepto de ‘vivienda adecuada’ como parte del derecho constitucional establecido en el artículo 4º.

Con esta modificación, la ley establece que toda persona debe poder disfrutar de una vivienda adecuada, entendida como aquella que cumpla con siete elementos fundamentales: accesibilidad, adecuación cultural, asequibilidad, disponibilidad de servicios, materiales e infraestructura, habitabilidad, seguridad en la tenencia y ubicación.

Los siete pilares de la vivienda adecuada

Entre estos puntos, destaca que la vivienda deberá encontrarse cerca de oportunidades de empleoservicios de saludescuelascentros de cuidado infantil y otras instalaciones sociales, además de ubicarse fuera de zonas de riesgo.

Asimismo, se establece que los costos asociados a la vivienda no deberán comprometer la satisfacción de otras necesidades básicas de las familias.

La reforma también incorpora principios de equidadinclusión social y perspectiva de género, priorizando la atención a grupos en situación de vulnerabilidad, con énfasis en mujeres jefas de familia o víctimas de violencia de género.

Más facultades para los institutos

Además, se fortalecen las atribuciones de los organismos e instituciones que financian vivienda para personas trabajadoras, los cuales ahora podrán adquirir, rehabilitar y construir viviendas, realizar demoliciones, financiar la autoproducción habitacional, así como adquirir o urbanizar terrenos destinados a formar unidades habitacionales.

El decreto también permite que estos organismos puedan enajenar o arrendar viviendas y desarrollar conjuntos habitacionales que incluyan unidades destinadas a servicios complementarios, siempre salvaguardando el patrimonio de los fondos de vivienda y los derechos de las personas trabajadoras.

Y, de igual manera, se establece que los programas federales de subsidio deberán priorizar a la población en situación de pobreza o vulnerabilidad, con atención preferente a personas de menores ingresos, y se impulsará la participación de los sectores público, social y privado en esquemas de financiamiento para el desarrollo de vivienda adecuada.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación y precisa que su implementación deberá realizarse con los recursos ya aprobados, sin ampliaciones presupuestales adicionales.

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Compártelo:

XXI CEREMONIA DE ENTREGA DEL PREMIO HOMBRES Y MUJERES DE LA CASA 2022

Más árticulos

Scroll al inicio