Redacción
La reforma actualiza el marco legal de los servicios inmobiliarios en la Ciudad de México y fortalece el esquema de supervisión del sector
La Ciudad de México actualizó la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios con una reforma que armoniza su contenido con el marco jurídico vigente de la capital y fortalece el esquema de supervisión para quienes ofrecen estos servicios. El decreto, publicado en la Gaceta Oficial el 23 de julio, entra en vigor el día de hoy.
Entre los principales cambios, la reforma sustituye las referencias al Distrito Federal por Ciudad de México, modifica la denominación de la Ly y del Consejo de Servicios Inmobiliarios, además de actualizar las autoridades responsables de aplicar sus disposiciones. También reconoce a la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) como la dependencia encargada del Registro Único de Profesionales Inmobiliarios.
Asimismo, el decreto mantiene la obligación de que las personas físicas y morales que presten servicios inmobiliarios en la capital cuenten con el Registro Único correspondiente. De igual forma, quienes ofrezcan estos servicios respecto de inmuebles ubicados en la Ciudad de México, o incluso de propiedades localizadas fuera de ella, deberán permanecer certificados y registrados ante la Sedeco.
Refuerzan supervisión del sector
La reforma también refuerza la profesionalización del sector mediante la actualización del Código de Ética para los Servicios Inmobiliarios de la Ciudad de México. En ese sentido, el Consejo de Servicios Inmobiliarios conservará la atribución de elaborar este instrumento, mientras que los profesionales inmobiliarios deberán observarlo como parte de sus obligaciones.
En materia de supervisión, el decreto precisa que la Sedeco podrá solicitar al Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (INVEA) realizar visitas de verificación para comprobar que los profesionales inmobiliarios cumplan con las obligaciones previstas en la ley y no incurran en las prohibiciones establecidas. Además, el Instituto sustanciará los procedimientos conforme a su normativa cuando la Secretaría emita la solicitud correspondiente.
Finalmente, la reforma mantiene que las infracciones podrán ser sancionadas por la Sedeco o por el INVEA, según corresponda. En caso de que las autoridades detecten posibles conductas constitutivas de un ilícito penal relacionadas con la actividad inmobiliaria, deberán dar vista al Ministerio Público.



